

TÍTULO VI
De la citación, de la detención y de la prisión provisional
CAPÍTULO I
De la citación
Artículo 486.
La persona a quien se le impute un acto punible deberá ser citada sólo para ser oída, a
no ser que la ley disponga lo contrario, o que desde luego proceda su detención.
Artículo 487.
Si el citado, con arreglo a lo prevenido en el artículo anterior, no compareciere ni
justificare causa legítima que se lo impida, la orden de comparecencia podrá convertirse en
orden de detención.
Artículo 488.
Durante la instrucción de la causa, el Juez instructor podrá mandar comparecer a
cuantas personas convenga oír por resultar contra ellas algunas indicaciones fundadas de
culpabilidad.
CAPÍTULO II
De la detención
Artículo 489.
Ningún español ni extranjero podrá ser detenido sino en los casos y en la forma que las
leyes prescriban.
Artículo 490.
Cualquier persona puede detener:
1.º Al que intentare cometer un delito en el momento de ir a cometerlo.
2.º Al delincuente in fraganti.
3.º Al que se fugare del establecimiento penal en que se halle extinguiendo condena.
4.º Al que se fugare de la cárcel en que estuviere esperando su traslación al
establecimiento penal o lugar en que deba cumplir la condena que se le hubiese impuesto
por sentencia firme.
5.º Al que se fugare al ser conducido al establecimiento o lugar mencionado en el
número anterior.
6.º Al que se fugare estando detenido o preso por causa pendiente.
7.º Al procesado o condenado que estuviere en rebeldía.
Artículo 491.
El particular que detuviere a otro justificará, si éste lo exigiere, haber obrado en virtud de
motivos racionalmente suficientes para creer que el detenido se hallaba comprendido en
alguno de los casos del artículo anterior.
Artículo 492.
La Autoridad o agente de Policía judicial tendrá obligación de detener:
1.º A cualquiera que se halle en alguno de los casos del artículo 490.
2.º Al que estuviere procesado por delito que tenga señalada en el Código pena superior
a la de prisión correccional.
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Real decreto de 14 de septiembre de 1882 por el que se aprueba la
Ley de Enjuiciamiento Criminal.